Es común oír hablar sobre la dolarización venezolana. Si bien es un
término lógico en una conversación coloquial, es importante aclarar que
en realidad la dolarización de una economía ocurre cuando sus
autoridades monetarias deciden sustituir o complementar su moneda por el
dólar oficialmente.
Son procesos que otros países han
realizado en el pasado, como es el caso de Ecuador o Panamá, pero que
requieren de una política deliberada para adoptarlo, hacerlo oficial y
realizar los acuerdos necesarios con la Reserva Federal Norteamericana
para garantizar su uso, suministro y sustitución de moneda y billetes,
que evidentemente los países dolarizados no pueden producir. Este no es
el caso venezolano, pues para comenzar, el gobierno, su principal
generador de divisas, Pdvsa, y su autoridad monetaria, BCV, están
sancionados por EEUU y no pueden ejecutar acuerdos ni convenios de ese
tipo, sin contar con que no esta en la filosofia económica del gobierno.
Sin
embargo, aunque no hay una dolarización formal, el país si registra una
masificación del uso de divisas en sus actividades económicas privadas,
un fenómeno inevitable frente a la pérdida, evidente e irrecuperable,
de funciones del bolívar y gracias a ella la economía, a pesar de su
crisis severa, aún permite la realización de actividades industriales y
comerciales básicas.
El uso de divisas en una economía
como la venezolana es un clásico histórico y ocurre primero de facto,
incluso surfeando las típicas restricciones legales, pero luego las
legislaciones se ajustan a ella para evitar el colapso total de la
economía, que de otra manera sería inevitable.
En este
momento cerca de 65% de las transacciones comerciales privadas del país
se realiza en moneda extranjera, principalmente en dólares, pero también
euros, pesos colombianos, reales brasileros y gramas de oro,
principalmente en el sur de país. A diferencia de la situación cambiaria
informal que se registraba en 2018, hoy una parte relevante de esas
transacciones se realiza formalmente y amparada (parcial o totalmente)
en las modificaciones legales que permiten transacciones en divisas en
Venezuela a cambio oficial, el cual se acerca notablemente al tipo de
cambio paralelo. La banca está autorizada legalmente a abrir cuentas en
dólares para custodiar efectivo, la mayoría producto de transacciones
que crecen en el mercado local y necesitan formalizarse. Esas cuentas y
sus transacciones de suministro de efectivo y transferencias internas
son legales y fundamentales para la economía interna. Sin transacciones
bancarias formales en moneda extranjera en Venezuela, que no tiene una
moneda local que cumpla funciones de intercambio, reserva de valor y
mecanismo de cuentas, igual las transacciones se seguirían haciendo en
moneda extranjera pero de forma más opacas, ineficiente y
distorsionante.
La apertura oficial a las operaciones
cambiarias y a la fijación de precios son el anticipo de un proceso más
amplio de apertura económica que resulta inevitable frente a la
necesidad de sostener el país con operaciones privadas, tomando en
cuenta las fuertes restricciones de operación que tiene el gobierno
sancionado. Cabe señalar que dadas esas sanciones que ponen en duda,
para muchos inversionistas, la legitimidad institucional venezolana, las
inversiones privadas futuras tendrán probablemente un perfil de origen
distinto a la tradición de inversión extranjera en Venezuela. En
resumen, podríamos esperar que el gobierno sea en el futuro mucho más
abierto a la inversión privada para subsanar su propia imposibilidad de
invertir y operar, pero el perfil de países fuente de inversiones a
futuro puede ser muy distinto al que conocemos hoy. Una especie de nueva
fauna empresarial que ya comenzamos a ver en el mercado.