Mérida, Septiembre Martes 26, 2023, 07:25 pm
El fin esencial del Estado es la realización del Bien o Bienes Públicos. De manera que esta estructura institucional que se concibió para servir al ser humano, congregado en sociedad, en muchas ocasiones ha terminado condenándolo a la esclavitud.
De allí la importancia de imponerle límites al poder del Estado y, en el mundo de hoy, estos límites son esencialmente los que conocemos como derechos fundamentales del Hombre.
Por eso el tamaño del Estado sí importa. Mientras más grande tenderá a ser más controlador y opresivo. Aunque los fines del Estado se han ampliado crecientemente en su devenir histórico, recordemos que en la última etapa de la organización feudal, los fines del Estado se reducían a: Asegurar la paz interna, hacer la guerra en defensa del reino y administrar justicia fallando los pleitos.
También es importante distinguir en estos temas el poder arbitrario del poder constitucional. Hoy no se entiende el poder del Estado sino se encuentra sometido al imperio de la ley y de ellas a la más importante: la norma constitucional.
Aunque debemos reconocer que, aun siendo arbitrario, el poder siempre tuvo límites que eran los que imponían los principios religioso-morales, los de tipo institucional y los políticos sociales, como la famosa doctrina del tiranicidio.
Es con el Estado Mercantilista (finales del siglo XVII y siglo XVIII) que históricamente se inicia la intervención estatal en la dirección de la economía y el comercio. Y así llegamos hasta hoy donde el Estado se encuentra presente en casi todos los aspectos de la vida, no siempre para bien del ciudadano. Por tanto, el Estado intervencionista es un producto del siglo XX por influencia de la ideología socialista y del pensamiento social católico que tanta importancia le han otorgado a la llamada “cuestión social”.
A la Revolución Francesa le debemos la consolidación del Estado Constitucional y sus características fundamentales: El imperio de la ley, la división de poderes, la legalidad de la administración y la declaración formal y garantía legal de los derechos y libertades fundamentales del hombre.
Pero en los inicios del Estado Liberal de Derecho la administración pública, o sea los mecanismos que hacen operativo al Estado, es fundamentalmente abstencionista. Prácticamente, el único cometido que se le asigna a la actividad administrativa es la conservación del orden público, por eso se llegó tan fácil al modelo del Estado gendarme.
Pero del Estado Liberal de Derecho hemos pasado al Estado Social de Derecho y todavía los más importantes asuntos sociales, aunque firmemente anclados en la órbita del Estado, esperan respuestas más eficientes y eficaces.
En el mundo que vivimos, muy seguramente, la responsabilidad del Estado tendrá que compartirse con corporaciones e iniciativas ciudadanas más globalizadas. Al fin y al cabo, la gente quiere soluciones y está cansada de los incapaces que no resuelven absolutamente nada.